Condenan a Padrastro de Owen, a quien quemaba y golpeaba


Cuautitlan, Méx, 14 de noviembre de 2017.- A tres años de que fuera detenido el agresor del pequeño Owen un niño en ese entonces de cinco años a quien quemaba y golpeaba, su padrastro Rubén Díaz Alamilla fue condenado a nueve años de prisión

Cabe recordar que en mayo del 2014 se vecinos  de la colonia El Parque de San Mateo, en el municipio de Cuautitlan México denunciaron que el menor era maltratado por la pareja sentimental de su mamá, al ser llevado el hospital detectaron que le menor traía contusiones en cara, tórax, abdomen, incluso en la parte interna de los muslos, y quemaduras de lesiones viejas en la mano, por lo que fue reportado como maltrato familiar.

Ante ello, y con los elementos de prueba recabados y aportados por el Agente del Ministerio Público se informó que fueron determinantes para que un Juez del Distrito Judicial de Cuautitlán dictara esta sentencia condenatoria por los delitos de lesiones y violencia familiar en contra de Díaz Alamilla.
            Este sujeto también enfrentaba cargos por el delito de actos libidinosos, los cuales profirió al pequeño de 5 años, y hace unos días, un Juez dictó una condena de 3 años y 4 meses de prisión en su contra por este delito, por lo que suma dos sentencias en su contra.

            “Cuando llegue como Procurador tenía poco tiempo que había sucedido ese lamentable evento en donde la pareja sentimental de la mamá de Owen lo había maltratado de forma deleznable, poco tiempo después logramos la detención de este sujeto, y no solamente la detención, logramos hacer un buen trabajo de litigación para lograr la vinculación a proceso y que este sujeto saliera condenado como ahora lo es por este delito”.
          “El caso Owen también fue emblemático porque representó una modificación al Código Penal para ajustar el tipo penal de violencia intrafamiliar, no solamente por los padres directos o las parejas sentimentales sino toda persona que estuviera en el núcleo familiar del niño o la niña lesionada o aquella que fuera la víctima, también sería probable responsable por la comisión de este delito”,