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Derivado de los informes y del dictamen, también determinó
e individualizó sanciones a ocho partidos políticos y, por otra parte, ordenó
el retiro o blanqueo forzoso de propaganda electoral.
Toluca, Mèx., 19 de agosto 23015.-Al celebrar su 8ª Sesión Ordinaria, el Consejo General del Instituto
Electoral del Estado de México
aprobó los Informes de
Resultados y al Dictamen Consolidado que presentó la Unidad Técnica de
Fiscalización del Instituto al Consejo General del IEEM, sobre el origen,
monto, volumen, aplicación y destino del Financiamiento Público y Privado que
emplearon los partidos políticos para el desarrollo de sus actividades
ordinarias y específicas durante el ejercicio 2014 y, por otra parte, aprobó el
Dictamen por el cual se determinan e individualizan las sanciones que el
Consejo General impone a ocho partidos políticos con motivo de irregularidades
detectadas por la Unidad Técnica de Fiscalización.
Al aprobar
los “Informes de resultados y el dictamen consolidado sobre el origen, monto,
volumen, aplicación y destino del financiamiento público y privado, que
emplearon los partidos políticos para el desarrollo de sus actividades ordinarias
y específicas, durante el ejercicio fiscal 2014” , se determinó que todos
los partidos políticos presentaron oportunamente sus informes anuales
consolidados por actividades ordinarias y específicas a dicho ejercicio fiscal.
En otro
punto de acuerdo se determinan e individualizan las sanciones que el Consejo
General del IEEM impone a los partidos políticos, con motivo de las
irregularidades detectadas por la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto,
establecidas en el “Dictamen consolidado sobre el origen, monto, volumen,
aplicación y destino del financiamiento público y privado, que emplearon los partidos
políticos para el desarrollo de sus actividades ordinarias y específicas
durante el ejercicio 2014” .
Al continuar
con el desahogo del orden del día, el Órgano Superior de Dirección del IEEM
aprobó el Acuerdo por el que se ordena el retiro o blanqueo forzoso de
propaganda electoral, utilizada en las campañas electorales del Proceso
Electoral de Diputados a la Legislatura Local y miembros de los Ayuntamientos
de la entidad 2014-2015, de acuerdo con el inventario que fue levantado en su
momento por los órganos desconcentrados del IEEM junto con los partidos
políticos.
Al respecto
es importante señalar que después de un primer recorrido, se notificó a los
partidos políticos de la existencia de propaganda para que, en los casos en que
no fue retirada, se efectúe un proceso de licitación para contratar una empresa
que sea la encargada de realizar esta actividad, con la presencia de los
partidos políticos, destacando que los costos derivados de estas actividades
serán cubiertos con cargo a los recursos correspondientes a los gastos
ordinarios de los partidos políticos.
En otro punto del
orden del día relacionado con la Resolución de la Contraloría General dictada
en el expediente número IEEM/CG/DEN/013/15 y a propuesta de la Consejera
Electoral, María Guadalupe González Jordan, de los Consejeros Electorales, Saúl
Mandujano Rubio y Miguel Ángel García Hernández, así como del Consejero Presidente
del IEEM, Pedro Zamudio Godínez, el Consejo General aprobó que de conformidad con
las atribuciones reglamentarias que se le confieren, dicha resolución se turne
de nueva cuenta a la Contraloría General, con el objeto de fundarla y motivarla
para mejor proveer.
Al abordar
Asuntos Generales, el representante del Partido del Trabajo, Joel Cruz Canseco,
planteó que al no haberles sido entregadas las prerrogativas correspondientes al
mes de agosto para las actividades ordinarias de su partido, no se ha dado cumplimiento
a la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación (TEPJF) radicada en el expediente SUP-RAP-267/2015.
Al respecto,
el Consejero Presidente del IEEM, Pedro Zamudio Godínez, explicó los motivos
por los que se ha tomado esta determinación, dado que la Comisión de
Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE), en previsión, emitió un
nuevo acuerdo a efecto de que se generara una cuenta mancomunada entre el
Partido del Trabajo y el interventor designado por el INE. Asimismo, indicó que
la sentencia que en este sentido emitió el órgano jurisdiccional federal no fue
comunicada al IEEM, no obstante, manifestó plena disposición para realizar las
gestiones pertinentes, a efecto de que en pleno apego a la normatividad, este
partido político reciba las prerrogativas que le corresponden por ley.
A su vez, el
Consejero Presidente, Pedro Zamudio Godínez y el Consejero Electoral, Saúl
Mandujano Rubio, coincidieron al señalar que en este caso el IEEM no fue
autoridad responsable y se precisó que la apertura de una cuenta bancaria a
nivel estatal se deberá hacer por parte del Partido del Trabajo, en forma
mancomunada con el interventor del INE, a fin de que esta sea la vía por la cual
el IEEM esté en condiciones de depositar las prerrogativas, de acuerdo con los
plazos establecidos.
Durante el
desahogo de este punto se dio una amplia deliberación sobre la cual la
Consejera Electoral, Palmira Tapia Palacios, razonó su voto y planteó que no existe
el suficiente argumento legal para no hacer la entrega de las prerrogativas al
Partido del Trabajo. De igual modo, los representantes de los partidos
políticos emitieron sus razonamientos coincidiendo en que en cumplimiento de la
normatividad se haga la entrega de la prerrogativa que le corresponde a este
Partido, con la oportunidad debida.
Una vez
concluida esta Sesión, se llevó a cabo la 52ª Sesión Extraordinaria del Consejo
General en la que, de conformidad con sus atribuciones y funciones y con una
propuesta realizada por el Consejero Electoral, Saúl Mandujano Rubio, que robusteció
el Acuerdo, el Órgano Superior de Dirección del IEEM aprobó designar a los
servidores públicos electorales ciudadanos, Antonio Sánchez Acosta, Víctor Hugo
Cíntora Vilchis y Alma Patricia Bernal Oceguera, como encargados del despacho
de las Direcciones de Partidos Políticos, de Organización y
Jurídico-Consultiva, respectivamente, quienes asumirán dicho encargo a partir
de la aprobación del acuerdo.
Lo anterior
debido a que la ciudadana, Alma Patricia Sam Carbajal, renunció al cargo que
venía desempeñando como Directora Jurídico-Consultiva del Instituto y a que se
dejaron sin efectos los nombramientos realizados a través del Acuerdos 8 de
fecha 4 de marzo de 2004 y CG/38/2008 del 13 de octubre de 2008,
respectivamente, emitidos por el Consejo General del IEEM, realizados favor de
los ciudadanos Sergio Anguiano Meléndez y Jesús George Zamora, como Director de
Partidos Políticos y Director de Organización del Instituto, respectivamente.
Previo a la
aprobación del Acuerdo, los representantes de los partidos políticos de la
Revolución Democrática, Javier Rivera Escalona; Rubén Darío Díaz Gutiérrez, de
Acción Nacional; Horacio Jiménez López, de Movimiento Ciudadano y Joel Cruz
Canseco, del Trabajo, coincidieron al plantear la necesidad de que en el mismo se incluyera una mayor
fundamentación jurídica, a efecto de darle solvencia y sustento legal a esta
determinación, en torno de la cual no hubo consenso.
Ante ello, el
Consejero Presidente del IEEM, Pedro Zamudio Godínez, señaló que esta decisión
tiene sentido a partir de la necesidad de buscar realizar relevos
institucionales que reimpulsen y fortalezcan al Instituto en el cumplimiento de
sus fines y atribuciones, al tiempo que reconoció ampliamente el tiempo
dedicado a la institución y el trabajo profesional realizado por quienes
ocuparon en su momento estas Direcciones.
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