México, D.F. a 8
de agosto de 2013.- La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco)
sancionó con 3 millones 315 mil 738 pesos de pesos al Corporativo MUFAR S. de
R.L de C.V, comercializadora de los productos Quebaré y Colageína 10 Gold y 10
línea cosmética de la empresa INOVA por publicidad engañosa.
El corporativo no acreditó a Profeco, con
prueba idónea, la veracidad de la publicidad con que oferta su artículo faja
Quebaré, que dice “reduce, moldea, estiliza hasta dos tallas menos de
inmediato”, “Quema 26 por ciento más de calorías”, “Reafirmas los músculos por
qué estás haciendo ejercicio”, por ello la sanción es de dos millones 81 mil
412 pesos.
Respecto a la línea cosmética Colageína 10 y Colageína
10 Gold la sanción ascendió a un millón 234 mil 326 pesos, por no acreditar la
veracidad de la publicidad con que oferta sus artículos.
En el caso de Colageína 10 Gold, no acreditó la
veracidad de la publicidad con la que se ofrecía este producto con frases como:
“Colageína 10 Gold, el colágeno hidrolizado soluble en agua”, “su nueva
fórmula está adicionada con vitaminas B1, B2, C y E”, “Colageína 10 Gold, tiene
resveratrol, queratina, extracto de acai, ácido hialurónico y silicio orgánico,
que te ayudan a tener una piel más suave, reducir las líneas de expresión,
fortalecer uñas y cabello y lucir más joven”.
Por lo que se refiere a la promoción de Colageína 10
línea* cosmética, las frases que no acreditó fueron para el gel contorno de
ojos y ojeras que publicita “éste gel restablecerá la hidratación del
contorno de los ojos debido a estrés o cansancio. Atenúa las ojeras. Efecto
lift inmediato.”
Para el gel tonificador reafirmante natural dice;
“el gel ayuda a reducir la piel de naranja de forma efectiva. Combate la
flacidez del cuerpo. Resultado de 8
a 15 días”.
Tampoco se acreditó la veracidad en los productos
energetizante facial en Spray, máscara para pestañas, crema facial anti edad y
máscara facial en polvo.
En estricto apego a sus facultades legales, Profeco,
realizó un procedimiento para verificar los mensajes con que la empresa INOVA
ofertaba estos productos, como resultado detectó que incurrió en publicidad
engañosa, transgrediendo el artículo 32 de la Ley Federal del Consumidor.
Con el fin de proteger a los consumidores y
salvaguardar su derecho a obtener información veraz sobre los productos que
adquiere, la Procuraduría Federal del Consumidor mantendrá permanentemente
estas acciones de verificación y monitoreo de publicidad.
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