Toluca, Méx. 12 de mayo 2015.-En Sesión Extraordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México aprobó los Manuales de Procedimientos para la Operación de los Órganos Distritales y Municipales en Materia de Organización Electoral para el Proceso Electoral 2014-2015, que servirán de base para la entrega y recepción de la documentación electoral y de los paquetes electorales. Asimismo, aprobó las Manteletas para el escrutinio y cómputo de Coaliciones en casillas.
Mediante la aprobación del Manual de Procedimientos para la Operación de los Órganos Distritales en Materia de Organización Electoral para el Proceso Electoral 2014-2015, se genera una herramienta que contribuirá que los Órganos Desconcentrados Distritales del IEEM ejecuten adecuadamente sus actividades relacionadas con la entrega y recepción de la documentación electoral y de los paquetes electorales vinculados con este tipo de elección.
De igual modo aprobó el Manual de Procedimientos para la Operación de los Órganos Municipales en Materia de Organización Electoral para el Proceso Electoral 2014-2015, el cual contiene los objetivos generales y específicos, alcances, fundamento legal, responsabilidades, entre otros rubros que permitirán que los Órganos Desconcentrados del IEEM a nivel municipal ejecuten adecuadamente sus actividades relacionadas con la entrega y recepción de la documentación electoral y de los paquetes electorales.
Asimismo, para cumplir con la normatividad electoral que establece que el IEEM debe auxiliar al Instituto Nacional Electoral en materia de capacitación a los Funcionarios de las Mesas Directivas de Casilla que se instalarán en la Jornada Electoral concurrente del próximo 7 de junio, se aprobaron las Manteletas para el escrutinio y cómputo de Coaliciones en casillas para el Proceso Electoral 2014-2015, pues se considera que es el material adecuado para ser utilizado en la segunda etapa de la capacitación electoral.
De esta forma, los Funcionarios de Mesa Directiva de Casilla contarán con los elementos necesarios que les permitan realizar adecuadamente el conteo de los votos que se emitan a favor de las Coaliciones registradas en el Proceso Electoral que está en curso.
Por otra parte, con motivo de la renuncia y a solicitud de los partidos políticos Movimiento Ciudadano y Nueva Alianza, el Órgano Superior de Dirección del IEEM aprobó la sustitución de diversos candidatos postulados a Diputados por el Principio de Mayoría Relativa a la LIX Legislatura del Estado de México, para el Periodo Constitucional 2015-2018.
Lo anterior, después de advertir que quienes renuncian y los ciudadanos que son propuestos para sustituirlos, corresponden al mismo género, por lo cual se sigue observando la paridad al respecto, de ahí que se consideró procedente otorgar su registro vía sustitución.
En otro punto de acuerdo, se aprobaron las sustituciones por causa de renuncia y se otorgó el registro como candidatos postulados por los partidos políticos Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza, Humanista, MORENA, y por la colación Flexible “El Estado de México nos Une”, integrada por los partidos del Trabajo y Acción Nacional, a miembros de Ayuntamientos del Estado de México, para el Periodo Constitucional 2016-2018.
Lo anterior, tras de advertir que quienes renuncian y los ciudadanos que son propuestos para sustituirlos, corresponden al mismo género, por lo cual se sigue observando la paridad al respecto, de ahí que se consideró procedente otorgar su registro por la vía de la sustitución; incluso, debido a que a la fecha la impresión de las boletas electorales que serán utilizadas para este tipo de elección ya concluyó, las sustituciones realizadas se sujetarán a lo dispuesto por el artículo 290 del Código Electoral del Estado de México.
Por otra parte, se tiene por presentado el desistimiento por parte de la Coalición Flexible “El Estado de México Nos Une”, conformada por los partidos Acción Nacional y del Trabajo, respecto del registro de la Planilla para contender por el Municipio de San Simón de Guerrero, por lo que queda sin efectos y se cancela el registro de dicha planilla, realizado en su momento por el Consejo General del Instituto mediante el acuerdo IEEM/CG/71/2015.
Sin embargo y no obstante que la coalición participará en las elecciones con una planilla menos, sigue conservando el porcentaje de postulación de candidaturas que se requiere bajo la modalidad de coalición flexible, que implica que postulen en un mismo Proceso Electoral Federal o Local, al menos a un 25 por ciento de candidatos a puestos de elección popular bajo una misma plataforma electoral.
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