EL CONSEJO GENERAL DEL IEEM DA CUMPLIMIENTO A SENTENCIA DEL TEPJF



Toluca, Mèx., 12 de mayo 2015.-En Sesión Extraordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México canceló el registro de fórmulas de candidatos a Diputados por el Principio de Mayoría Relativa a la “LIX” Legislatura para el Periodo Constitucional 2015-2018, del Partido Acción Nacional y, posteriormente, en otro acuerdo aprobó el registro de las fórmulas que presentó el mismo partido político para dichos cargos, en cumplimento a la Resolución recaída al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, identificado con el número ST-JDC-331/2015, emitida por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal.

En primer lugar, el Órgano Superior de Dirección del IEEM dio cumplimiento al Párrafo Tercero del Considerando Octavo, denominado Efectos de la Sentencia, de la Resolución recaída al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, identificado con el número ST-JDC-331/2015, emitida por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal.
De esta forma se cancela el registro de las fórmulas de candidatos a Diputados por el Principio de Mayoría Relativa a la “LIX” Legislatura para el Periodo Constitucional 2015-2018, del Partido Acción Nacional, aprobado por el Consejo General del IEEM mediante el Acuerdo número IEEM/CG/69/2015, por lo que en el Acuerdo se especificó que en el momento en el que el partido de referencia solicite el nuevo registro de sus fórmulas a Diputados locales por el mencionado principio, el Consejo General del IEEM se encontrará en aptitud de realizar los registros correspondientes.
Asimismo, toda vez que el Partido Acción Nacional, en cumplimiento de la sentencia ya mencionada presentó la solicitud de registro de sus 45 fórmulas de Diputados por el Principio de Mayoría Relativa a la “LIX” Legislatura para el Periodo Constitucional 2015-2018, en el seno del Consejo General del IEEM se realizó una amplia deliberación sobre el caso y con una precisión realizada por el Consejero Presidente, Pedro Zamudio Godínez, se aprobó dicho registro.
Lo anterior, una vez que se acreditaron los requisitos de elegibilidad y se atendieron los criterios emitidos por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para garantizar la paridad de género por rentabilidad electoral y los previstos en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, por el Código Electoral del Estado de México, así como por los Lineamientos para el registro de candidaturas a los distintos cargos de elección popular para el Proceso Electoral 2014-2015.
Con lo anterior se dio cumplimiento al Párrafo Tercero del Considerando Octavo, denominado Efectos de la Sentencia, de la Resolución recaída al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, identificado con el número ST-JDC-331/2015, emitida por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal.



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