IEEM Aprobó Resolutivos de la Contraloría General




TOLUCA, Méx., 19 de mayo 2015.-En Sesión Ordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México aprobó cinco resoluciones emitidas por la Contraloría General del Instituto, con las que se impusieron sanciones a ex servidores públicos electorales de diversos órganos desconcentrados, y aprobó la sustitución y designación de  4 Consejeras  y Consejeros suplentes a nivel Distrital, así como de 7 en el plano Municipal.
Al desahogar el Orden del Día, con base en los “Lineamientos para la integración de la propuesta y designación de Consejeras y Consejeros Electorales Distritales y Municipales, para el Proceso Electoral de Diputados y miembros de los Ayuntamientos 2014-2015”, en forma pública y bajo el procedimiento respectivo, en la Sala de Sesiones del Consejo General del IEEM se efectuó la designación de 4 Consejeras  y Consejeros suplentes a nivel Distrital, así como de 7 en el plano Municipal, con lo que se mantiene la debida integración de los órganos desconcentrados del IEEM.
Asimismo, mediante otros cinco acuerdos se aprobaron igual número de resoluciones emitidas por la Contraloría General del IEEM, en las que después de desahogar cada una de las etapas del procedimiento administrativo, se determinó amonestar a 4 ex servidores públicos electorales y a un ex Consejero Electoral, todos ellos de diversos órganos desconcentrados del Instituto.
En primer lugar se aprobó la Resolución dictada en el expediente número IEEM/CG/OF/001/15, en la cual se impone al ciudadano Ángel Enrique Carmona Espinosa, una sanción por responsabilidad administrativa disciplinaria consistente en amonestación, debido a que desempeñó otro cargo público, adicional al de Vocal de Capacitación en la Junta Municipal Electoral 71 con cabecera en La Paz.
En cuanto al Proyecto de Resolución de la Contraloría General dictada en el expediente número IEEM/CG/DEN/001/15, se determinó imponer sanción por responsabilidad administrativa disciplinaria consistente en amonestación, al ciudadano Nahúm Iván Alva Sandoval, quien fungió como Vocal de Organización de la Junta Municipal Electoral número 93 de Teotihuacán.
Con relación a la Resolución de la Contraloría General dictada en el expediente número IEEM/CG/DEN/003/15, se impone al ciudadano José Eduardo Bringas Mendoza, sanción por responsabilidad administrativa disciplinaria consistente en amonestación, a causa de haber reunido dos cargos públicos, siendo el de Vocal Ejecutivo en la Junta Distrital Electoral VIII con sede en Sultepec y, al mismo tiempo, ocupar el cargo de Director Escolar de la Escuela Normal de Sultepec.
Al abordar el relativo a la Resolución de la Contraloría General dictada en el expediente número IEEM/CG/DEN/004/15, se impone sanción por responsabilidad administrativa disciplinaria consistente en amonestación, al ciudadano Francisco Javier Correa Flores, por haber reunido dos cargos públicos al mismo tiempo, incluido el de Vocal de Capacitación de la Junta Municipal Electoral 98, con sede en Texcaltitlán.
Finalmente, el Consejo General del IEEM aprobó por mayoría la Resolución de la Contraloría General dictada en el expediente número IEEM/CG/DEN/008/15, pues el ciudadano Carlos Pablo Leyva incumplió con los “Lineamientos para la integración de la propuesta y designación de Consejeras y Consejeros Electorales Distritales y Municipales, para el Proceso Electoral de Diputados y miembros de los Ayuntamientos 2014-2015” en el apartado “K”, pues teniendo vigente el cargo de Consejero Electoral propietario del Consejo Distrital Electoral XXV, con sede en Nezahualcóyotl, se desempeñó dentro del Instituto Nacional Electoral como Capacitador Asistente Electoral en la Junta Distrital Ejecutiva 20, con cabecera en Nezahualcóyotl, por lo que se le impone sanción por responsabilidad administrativa disciplinaria consistente en amonestación.
El Consejero Electoral, Miguel Ángel García Hernández, expuso su disenso con el proyecto de Acuerdo porque, desde su perspectiva, no se funda ni motiva conforme a la Ley de Responsabilidades, debido a que se refiere a un Consejero Electoral Propietario de un órgano desconcentrado y no se acredita la calidad de un servidor público electoral y porque de acuerdo con los Lineamientos de la Administración de los Recursos del IEEM, los Consejeros Electorales no cuentan con un nombramiento ni con un contrato y no están incluidos en la nómina del Instituto, incluso la conducta desplegada no puso en riesgo la elección.

A su vez, Horacio Jiménez López, representante del partido Movimiento Ciudadano, respaldó el planteamiento del Consejero Electoral y abundó que en este caso los Consejeros Electorales representan a la sociedad y así es como están tipificados en las resoluciones emitidas por los órganos jurisdiccionales.

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