Ø Cumplieron con los requisitos ocho solicitantes que en
su momento, deberán de recabar el porcentaje de apoyo ciudadano requerido en la
normatividad electoral.
Toluca, Méx., 15 de enero 2017.-Durante la 2a Sesión Extraordinaria, el
Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), aprobó la procedencia de los escritos
de manifestación de intención de siete ciudadanos y una ciudadana, para
postularse como Candidatos Independientes a Gobernador del Estado de México,
para el periodo comprendido del 16 de septiembre de 2017 al 15 de septiembre de
2023.
Derivado del análisis de la documentación que presentaron, se observó
que Marciano Javier Ramírez Trinidad, Guillermo Eduardo Antonio Ortiz
Solalinde, María Teresa Castell de Oro Palacios, Erasto Armando Alemán Mayen,
Isidro Pastor Medrano, Vicente Sánchez Fabila, Andrés Cantinca Sánchez y Abelardo
Gorostieta Uribe, cumplieron con los requisitos establecidos en la normatividad
electoral.
A partir del día siguiente de haber recibido la constancia como
aspirantes a Candidato (a) Independiente, iniciará el plazo de 60 días que
establece el artículo 16, fracción I del Reglamento, para realizar los actos
encaminados a recabar el porcentaje de apoyo ciudadano requerido, que se
establece en los artículos 102 y 103 del Código Electoral del Estado de México,
así como en los artículos 20 y 21 del Reglamento. Cabe mencionar que dichos actos
no podrán realizarse en radio ni en televisión.
En el Seno del Consejo se dio la bienvenida a quienes tienen el interés
de participar bajo esta figura en la elección de gobernador, ya que enriquece
la vida política y coadyuva en la consolidación de nuestra democracia; se
observará que se ciñan a lo que establece la ley en las siguientes etapas que
deben cubrir, lo que dará la confianza a la ciudadanía para elevar el nivel de
participación en las urnas.
Mediante otros dos acuerdos, fueron reformados, por un lado, los
“Lineamientos de Monitoreo a Medios de Comunicación Electrónicos, Impresos,
Internet, Alternos y Cine del Instituto Electoral del Estado de México”, y el
“Manual de Procedimientos para el Monitoreo a Medios de Comunicación Alternos y
Cine del Instituto Electoral del Estado de México”.
La Consejera Electoral, Palmira Tapia Palacios, Presidenta de la
Comisión de Acceso a Medios, Propaganda y Difusión, refirió al respecto que
hubo un amplio trabajo previo, con aportaciones de los integrantes de la
Comisión; que con estos cambios se fortalece el monitoreo que se realizará, ya
que la incorporación del uso de nuevas tecnologías contribuirá a hacerlo más
eficiente y dará confianza a quienes participan en esta elección.
Se aprobó también el “Diseño de Documentación Electoral para el Proceso
Electoral Local Ordinario para la Elección de Gobernador/a del Estado de México,
4 de junio de 2017”; y mediante otro acuerdo, fue avalado el “Diseño de Material
Electoral para el Proceso Electoral Local Ordinario para la Elección de
Gobernador/a del Estado de México, 4 de junio de 2017”.
En la misma sesión del Órgano Superior de Dirección del IEEM, designó a
las Autoridades Competentes para sustanciar y resolver el Procedimiento Laboral
Disciplinario y el Recurso de Inconformidad, para los Miembros del Servicio Profesional
Electoral Nacional del Instituto Electoral del Estado de México.
Asimismo, se aprobó la Resolución del asunto especial número CG-SE-AE-8/2016,
relativo a que quien fungía como Vocal Ejecutivo de la Junta Distrital número
9, con cabecera en Tejupilco, no acreditaba los requisitos.
Fue aprobada también, la sustitución de cuatro integrantes de igual
número de órganos desconcentrados que se mencionan a continuación: Vocal
Ejecutivo de la Junta Distrital número 9, con cabecera en Tejupilco; en forma
provisional de la Vocal de Organización de la Junta Distrital 5, con cabecera
en Chicoloapan de Juárez; del Vocal de Organización de la Junta Distrital 7,
con cabecera en Tenancingo; y en forma provisional del Vocal de Organización de
la Junta Distrital 35, con cabecera en Metepec; por lo que, conforme al
procedimiento respectivo, se realizaron los consecuentes movimientos verticales
ascendentes, con lo que el IEEM, mantiene debidamente integrados sus órganos
desconcentrados.
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