· El derecho se brindará a quien haya estado a cargo de los hijos y del hogar, y que carezca de bienes propios que permitan subsistencia.
· El apoyo alimenticio será por un tiempo igual al de la duración de la relación después de que haya cesado.
Toluca, Mèx., 5 de julio 2015.-La LVIII Legislatura aprobó la propuesta del diputado del sol azteca, Armando Portuguez Fuentes para garantizar el derecho de alimentos al cónyuge o a quien vive en concubinato sin importar sea mujer u hombre, siempre y cuando haya estado a cargo del hogar, asimismo del cuidado de los hijos durante la relación.
Ahora este derecho será reconocido, y con ello la concubina o concubino tienen derecho de alimentos no sólo mientras mantenga la relación, sino también después de haber terminado la relación.
Este se otorgará mientras que la concubina o concubino carezca de bienes propios o de un empleo remunerado, por cual no esté en posibilidad real de proveerse a sí mismo los ingresos económicos suficientes para satisfacer sus necesidades alimentarias.
Dicho ingreso será hasta por un periodo igual al de duración del concubinato o hasta que se una en otro concubinato o contraiga matrimonio o adquiera bienes propios o realice alguna actividad remunerada que le permitan su subsistencia, según su edad, instrucción o aptitud laboral, pues no se trata de otra cosa más que de satisfacer el derecho a la subsistencia.
La nueva reforma del diputado Armando Portuguez, surgió porque el derecho a los alimentos no debe manar de un específico estado civil en que se encuentran los familiares, sino de las relaciones de solidaridad y ayuda mutua que debe existir cuando se procrean hijos y se dedica a su cuidado.
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