· En 2006 se retiró la figura de calificación, pero en 12 entidades aún prevalece.
Toluca, México a 08 de noviembre de 2015.-“Calificación y fiscalización pueden complementarse si enfatizamos el peso jurídico de las atribuciones que corresponden a cada una, para advertir estas especiales naturalezas de competencias entre el órgano técnico de fiscalización y la representación constitucional del pueblo…”
Argumentó la diputada del sol azteca, Araceli Casasola Salazar, quien propuso otorgar facultades al Poder Legislativo del Estado de México para calificar las cuentas públicas de la entidad y municipios.
“A la luz de las consideraciones en este tema por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el proceso de fiscalización a cargo del órgano técnico, por sí solo, no colma en plenitud la revisión del ejercicio de los recursos públicos, constituye sí, un elemento técnico, objetivo, tendiente a determinar que el verdadero detentador de la atribución constitucional…” explicó.
Otorgar la facultad de calificación al Poder Legislativo, la diputada perredista, señaló que se deberá apegar al principio de legalidad, excluyendo una decisión guiada por la afinidad política del auditado y de la mayoría de la Legislatura Local, o en una cuestión sujeta a negociación política, vicios que afectan la credibilidad de la actividad estatal y que pueden poner en riesgo la gobernabilidad.
En ese sentido, subrayó que para el Grupo Parlamentario del PRD, el proceso de fiscalización de la Cuenta Pública que realiza el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM), requiere de fortalecimiento que en este caso se complementaría con la de calificación.
“Es necesario el fortalecimiento de esta fase fundamental del proceso de fiscalización recuperando la figura de la calificación de la Cuenta Pública que, al mismo tiempo, sincroniza nuestra norma fundamental con el apartado en ella contenida relacionada con el Juicio Político y que hoy queda aislado e inaplicable en lo que corresponde al tema financiero”
La legisladora Araceli Casasola, aclaró que en ese sentido debe prevalecer el modelo actual de ampliación a cinco años como plazo para la prescripción de las responsabilidades a que refiere la Ley de Fiscalización del Estado.
Finalmente, señaló que este proceso de calificación no es nuevo, ya que en 2006 con la reforma constitucional fue eliminado en 18 estados del país, incluido el Estado de México; sin embargo, en 12 entidades aún sigue vigente, entre las cuales se encuentran: Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Durango, Nuevo León, Quintana Roo, San Luis Potosí, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala y Yucatán.
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