· Propone Omar Ortega retomar su naturaleza de medida cautelar de excepción y condicionar su aplicación al cumplimiento de requisitos
· Un inocente preso tiene altas probabilidades de ser declarado culpable; si no, se aceptaría haber retenido a un inocente.
Toluca, Méx., 13 de junio 2016.-La prisión preventiva pasó de ser una medida excepcional a una acción generalizada, pero además contraria a Derechos Humanos, costosa, y hasta criminalizadora, particularmente de los más vulnerables, por lo que el diputado Omar Ortega Álvarez propuso reformar su marco jurídico desde la Constitución.
Aunque consideró pertinente mantenerla, propuso condicionar su aplicación. Así, el Ministerio Público y los jueces deberán cumplir una serie de requisitos antes de solicitarla, autorizarla y llevarla a cabo. Además, si en su aplicación el prisionero sufriere algún daño injustificada e ilegalmente, las autoridades deberán repararlo.
A través de una iniciativa de reforma al artículo 19 de la Carta Magna, el parlamentario perredista planteó específicamente que todo abuso, maltrato, molestia, gabela o contribución ilegales en la aprehensión o en las prisiones sea reparado por dichas autoridades.
Propuso limitar la facultad del Ministerio Público de solicitar al juez la prisión preventiva sólo cuando otras medidas cautelares sean insuficientes para garantizar la comparecencia del imputado, y cuando la protección de víctimas y testigos así lo amerite.
Igualmente planteó condicionar la facultad del juez de ordenar la prisión preventiva en los supuestos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas o delitos cometidos con medios violentos -como armas y explosivos- solo si existen pruebas que acrediten tales supuestos.
A fin de evitar que una persona sea prisionera “preventivamente” incluso durante décadas, propuso que todo el proceso –desde la investigación hasta la última etapa- no dure más de tres años.
Para ilustrar la injusticia e inconstitucionalidad en la que puede recaer el abuso de la prisión preventiva como existe en la actualidad, destacó que ésta opera bajo la ilegal presunción de culpabilidad y no la constitucional presunción de inocencia, de modo que, al aplicarse al prisionero en proceso, los fiscales y los jueces buscan encontrarlo culpable y condenarlo aunque sin pruebas suficientes, pues de lo contrario quedaría evidenciada su injusta actuación al encarcelar “preventivamente” a un inocente.
“Así, la prolongada detención sin juicio de una persona constituye, en cierta forma, una presunción de culpabilidad”, puntualizó.
Con datos de la Comisión Nacional de Seguridad y las Comisiones Nacional e Interamericana de Derechos Humanos (CNDH y CIDH), apuntó que esto provoca una indebida convivencia y sobresaturación de procesados y sentenciados en las cárceles.
Lo grave es también, señaló el diputado perredista, que cuando a personas que pertenecen a grupos vulnerables, se les obstaculiza el acceso a otras medidas cautelares, como la fianza, y contratar a un abogado, quedan dependientes de la defensoría pública y sus limitaciones.
Los presos en proceso son sometidos así a un entorno de violencia, corrupción e indignidad humana, además de fuertes erogaciones económicas para sufragar su defensa, la falta de un ingreso económico propio, y a presiones psicológicas y emocionales que inducen a muchos hasta el suicidio.
Advirtió que las recientes reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales en el marco de la “miscelánea penal” que aumentó el término de la prisión preventiva de uno a dos años agravaría la problemática de ser aprobada en el periodo extraordinario en el Senado, la volvería más costosa y podría significar más hacinamiento y violencia.
De acuerdo con la CIDH, mantener en prisión a las personas en proceso implica un gasto promedio de 750 millones de dólares al año. La pérdida de control de las cárceles por parte de las autoridades, además, ha provocado la evasión de más de mil internos y la muerte de aproximadamente 600 en los últimos cinco años.
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