Recomendaciòn de CODHEM a SEIEM


 
·         Por maltrato físico y psicológico a alumnos de primaria
 
Toluca, México, 9 de junio de 2016.- Por la vulneración al derecho a una educación libre de violencia, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem) emitió al director de los Servicios Educativos Integrados al Estado de México la recomendación 11/2016.
 
Con base en los documentos y testimonios de prueba recabados, la Codhem verificó que una docente de educación básica, incurrió en violaciones a los derechos humanos de tres alumnos de educación primaria a quienes colocó cinta canela sobre la boca, a fin de  que guardaran silencio en clase.
 
Derivado del caso, la Comisión solicitó medidas precautorias inmediatas así como la separación de la profesora del grupo, y aunque se observó la sanción por parte de la autoridad, se conoció que la maestra solo fue cambiada de adscripción y tenía bajo su responsabilidad un nuevo grupo escolar, situación que la Codhem consideró no cumplía con la prevención y no repetición, sino que tenía implícito el riesgo de ocurrirde nueva cuenta, otra vulneración.
 
Asimismo, el organismo defensor no encontró un expediente de investigación radicado contra la maestra  ante el órgano de control interno de SEIEM, como  tampoco la acreditación de haberla evaluado en su aptitud pedagógica para permanecer al frente o estar en contacto directo con los niños.
 
Con base en la Convención sobre los Derechos del Niño que indica que se deben adoptar medidas administrativas y educativas apropiadas para proteger a los infantes contra toda forma de prejuicio, abuso físico o mental, descuido, trato negligente o malos tratos, mientras estén bajo la custodia de un adulto, la Codhem puntualizó que el docente es el encargado del cuidado y protección de las niñas y niños a su cargo, y por tanto, es el promotor y garante en el ejercicio de sus derechos; sin embargo, en este caso no se cumplió, pues la profesora, a través del maltrato físico fue como buscó disciplinar a los educandos.
 
Además, de acuerdo al dictamen del personal especializado sobre la impresión psicológica practicada a los estudiantes, los niños mostraron características presentadas por víctimas de violencia psicológica, alteraciones en su conducta y consecuencias de tipo psicológico y físico, e incluso incontinencia urinaria.
 
Al respecto, el organismo defensor determinó  que al colocar cinta canela en la boca de los niños y llegar a los manotazos como medidas disciplinarias, la maestra exhibió la carencia de estrategias y métodos pedagógicos, así como la ausencia del conocimiento y práctica de los derechos humanos. Además, aexhibirlos y calificarlos como “pericos”, afectó su integridad física y psicológica al extremo de generarles problemas de autoestima y confianza.
 
El documento recomendatorio explica que todo castigo corporal siempre vulnera derechos humanos, por tanto, la conducta de la docente generó miedo, ridiculizó frente a grupo, asustó y denigró a sus alumnos.

Entre los puntos recomendatorios se menciona que para proteger el interés superior de la niñez, la profesora debe ser suspendida de toda actividad frente a grupo; evaluar la idoneidad para desempeñarse frente a grupo e impartir clase en primer grado de primaria; y se pidió precisar a los directores de planteles que deben separar al docente cuando conozcan algún hecho grave como el sucedido, hasta que haya una resolución administrativa emitida por el órgano de control interno.
 


También piden otorgar tratamiento psicológico a los niños afectados y evaluar a todo el grupo para conocer el estado y grado de afectación por los hechos ocurridos; impartir capacitación en materia de derechos humanos así como un programa de cursos-talleres de formación continua para actualizar a los docentes en el conocimiento y alcances del principio de protección al interés superior de la niñez.

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