Axapusco,
Méx.,27 de junio 2016.-Veinte de los 32 elementos que conforman la direcciòn de
seguridad pùblica de Axapusco pese a que portan armas de fuego, cuentan con
permiso para ello, e incluso algunos no cuentan con el perfil requerido.
Ello
provocò que en dìas pasados, una persona sin capacitación ni formación asumiera
funcioness de policìa y que portara un arma, provocara un accidente donde perdiò
la vida un joven.
Ante
ello, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México emitió la
recomendación 13/2016 al ayuntamiento de Axapusco, por la muerte del adolescente a manos del seudopolicìa.
La
Codhem determinó con base en los acontecimientos otorgar compensación a la
madre del occiso, así como atención psicológica especializada, servicios y
asesoría jurídica durante la integración de la carpeta de investigación.
Asimismo,
pidió al ayuntamiento nuevas
evaluaciones de control de confianza para la totalidad de los policías
adscritos a la dirección de seguridad pública municipal, pues algunos requieren
tratamiento médico, control de peso, revisión de patologías.
Además
indicò que deben concientizarlos sobre la responsabilidad que tienen sus actos
como servidores públicos, dado que la seguridad municipal debe tener como
objetivos prioritarios, salvaguardar la integridad personal, disminuir los
factores de riesgo ligados a la criminalidad, fortalecer la estructura social,
y crear condiciones necesarias para contrarrestar las causas del delito.
Sin
embargo, tras la investigación se conoció que luego de un accidente en un
módulo de seguridad, que acabó con la vida de un adolescente, el organismo
defensor constató diversas irregularidades que trasgredieron derechos humanos
de la víctima a manos de una persona contratada por el gobierno municipal y
adscrita al organismo de Agua y Saneamiento, pero que realizaba funciones de
policía, sin formar parte de la corporación local.
En el
informe que presentó el ayuntamiento a la Codhem, admitió que era un trabajador
eventual y estaba en evaluación para determinar si cumplía con los requisitos y
capacidades para desempeñar el puesto de policía municipal.
La
Comisiòn de Derechos humanos mexiquense señaló que ello se contrapone con las leyes General del
Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Estatal, que indican procedimientos
de selección, ingreso, formación, actualización, capacitación, evaluación, reconocimiento,
certificación y registro de los servidores públicos de instituciones en la
materia, ya que la formación inicial, capacitación y prácticas son básicas para
el ingreso a cualquier corporación.
En
contraste, el ayuntamiento consintió que una persona sin el perfil requerido
desempeñara esas funciones y a pesar de no tener licencia de portación de arma
de fuego, recibió una;.
Añadiò
que tambièn se observó, es que de los 32 elementos policiacos, sólo 20 estaban
dados de alta en la licencia colectiva, es decir, doce tuvieron la posibilidad
de portarla en agravio de la integridad física de los habitantes del lugar.
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