Sin Licencia para Portar Armas más del 60 por ciento de la Policìa de Axapusco


Axapusco, Méx.,27 de junio 2016.-Veinte de los 32 elementos que conforman la direcciòn de seguridad pùblica de Axapusco pese a que portan armas de fuego, cuentan con permiso para ello, e incluso algunos no cuentan con el perfil requerido.
Ello provocò que en dìas pasados, una persona sin capacitación ni formación asumiera funcioness de policìa y que portara un arma, provocara un accidente donde perdiò la vida un joven.
Ante ello, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México emitió la recomendación 13/2016 al ayuntamiento de Axapusco, por la muerte del  adolescente a manos del seudopolicìa.

La Codhem determinó con base en los acontecimientos otorgar compensación a la madre del occiso, así como atención psicológica especializada, servicios y asesoría jurídica durante la integración de la carpeta de investigación.

Asimismo,  pidió al ayuntamiento nuevas evaluaciones de control de confianza para la totalidad de los policías adscritos a la dirección de seguridad pública municipal, pues algunos requieren tratamiento médico, control de peso, revisión de patologías.

Además indicò que deben concientizarlos sobre la responsabilidad que tienen sus actos como servidores públicos, dado que la seguridad municipal debe tener como objetivos prioritarios, salvaguardar la integridad personal, disminuir los factores de riesgo ligados a la criminalidad, fortalecer la estructura social, y crear condiciones necesarias para contrarrestar las causas del delito.

Sin embargo, tras la investigación se conoció que luego de un accidente en un módulo de seguridad, que acabó con la vida de un adolescente, el organismo defensor constató diversas irregularidades que trasgredieron derechos humanos de la víctima a manos de una persona contratada por el gobierno municipal y adscrita al organismo de Agua y Saneamiento, pero que realizaba funciones de policía, sin formar parte de la corporación local.

En el informe que presentó el ayuntamiento a la Codhem, admitió que era un trabajador eventual y estaba en evaluación para determinar si cumplía con los requisitos y capacidades para desempeñar el puesto de policía municipal.

La Comisiòn de Derechos humanos mexiquense señaló que ello  se contrapone con las leyes General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Estatal, que indican procedimientos de selección, ingreso, formación, actualización, capacitación, evaluación, reconocimiento, certificación y registro de los servidores públicos de instituciones en la materia, ya que la formación inicial, capacitación y prácticas son básicas para el ingreso a cualquier corporación.

En contraste, el ayuntamiento consintió que una persona sin el perfil requerido desempeñara esas funciones y a pesar de no tener licencia de portación de arma de fuego, recibió una;.


Añadiò que tambièn se observó, es que de los 32 elementos policiacos, sólo 20 estaban dados de alta en la licencia colectiva, es decir, doce tuvieron la posibilidad de portarla en agravio de la integridad física de los habitantes del lugar.

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